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CÓDIGO DEONTOLÓGICO

“RADIO PLANETA CARCHI”

 

 

PLANETA CARCHI   Es  una estación  de 10 años  de   experiencia orientada a satisfacer las necesidades informativas, de entretenimiento y cultura de todos  los  estratos  de  nuestra  población, y dirigida a los sectores de mayor consumo,  PLANETA CARCHI   ha logrado consolidarse como la Emisora con el  más alto nivel de sintonía del norte del país, de acuerdo a mediciones de empresas especializadas. 

 

El artículo 17 establece que: “EI Estado fomentará la pluralidad y la diversidad en la comunicación, y al efecto:” (…) Numeral 2, “Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación…” (El resaltado me corresponde)

 

 

La Ley Orgánica de Comunicación, se promulgó en el tercer  Suplemento  del  Registro  Oficial  No. 22  de  fecha 25 de junio de 2013.

 

De conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica de Comunicación, la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 MHz constituye un Medio de Comunicación Social, esta aseveración es ratificada con la Resolución No. 536-25-CONATEL-2013 de 29 de octubre de 2013 mediante el cual el Consejo Nacional de Telecomunicaciones expidió el Reglamento para la Adjudicación de Títulos Habilitantes para el Funcionamiento de Medios de Comunicación Social Públicos, Privados, Comunitarios y Sistemas de Audio y Video.

 

La estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 MHz tiene como objetivo ofrecer a la ciudadanía que se encuentra dentro de la cobertura contenidos de calidad bajo una estructura de procedimientos responsables y adecuados en observancia a la normativa actual vigente en materia comunicacional.

 

La Ley Orgánica de Comunicación en su artículo 9 dispone: “Los medios de comunicación públicos, privados y comunitarios deberán expedir por sí mismos códigos deontológicos orientados a mejorar sus prácticas de gestión interna y su trabajo comunicacional. Estos códigos deberán considerar las normas establecidas en el artículo 10 de esta Ley.

 

 

 

 Los Códigos deontológicos no pueden suplir a la ley”. (El énfasis me corresponde)

 

El artículo 10 ibídem, prescribe las normas mínimas deontológicas que personas naturales o jurídicas deben considerar en el proceso comunicacional.

 

En orden a los antecedentes y principios jurídicos anteriormente expuestos, la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 MHz, en aplicación de lo prescrito en la Ley Orgánica de Comunicación y su normativa conexa expide el siguiente: CÓDIGO DEONTOLÓGICO.

 

 

 

Artículo 1.- En el presente Código se encierran varios principios básicos dirigidos a mejorar y guiar la conducta profesional del personal que labora en la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 MHz dentro del ámbito comunicacional.

 

 

Artículo 2.- MISIÓN Y VISIÓN DE LA ESTACIÓN DE RADIODIFUSIÓN DENOMINADA PLANETA CARCHI  FRECUENCIA 97.7 Mhz..

 

  • Misión: Radio PLANETA CARCHI 97.7 tiene como misión el producir, emitir y difundir, programas con contenidos de información periodística, educativa, cultural, deportiva  y de entretenimiento; a través de nuestra señal de radiodifusión, promoviendo las políticas locales provinciales, nacionales e internacionales, contribuyendo al bienestar de todos los ecuatorianos.

 

 

  • Visión: Ser la empresa de radio difusión, con presencia a nivel local  nacional e internacional, reconocida por todos los ecuatorianos, por la calidad de sus programas, garantizando  el acceso a la cultura,  el derecho al sano entretenimiento y a la información objetiva y veraz de forma permanente; a través de nuestra cobertura de radiodifusión que fortalece la identidad nacional, la democracia y la imagen del Ecuador en el mundo.

 

Artículo 3.-  VALORES DE LOS COLABORADORES DE LA ESTACIÓN DE RADIODIFUSIÓN DENOMINADA PLANETA CARCHI  FRECUENCIA 97.7 Mhz..

 

 

 

 

La nómina de la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 Mhz. está conformada por ciudadanos con varias virtudes y cualidades, con valores dentro de los cuales destacan la honorabilidad, el respeto, la conciencia de participación, la equidad, la responsabilidad.

 

Artículo 4.- DERECHOS:

 

El, la o los comunicadores que labora (n) o laboren en la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 Mhz., están amparados y sus derechos garantizados conforme lo determina la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Comunicación y su normativa conexa especialmente en lo que se refiere al proceso comunicacional así como en la instancia laboral.

 

Artículo 5.- NORMAS DEONTOLÓGICAS: La estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 MHz, tiene el compromiso latente de adoptar y observar las normas deontológicas que prescribe la Ley Orgánica de Comunicación:

 

  • REFERIDOS A LA DIGNIDAD HUMANA:

 

  • Respeta la honra y la reputación de las personas;

 

  • Contribuir al mantenimiento de la paz y seguridad Impedir la difusión de publicidad discriminatoria, sexista, racista o que atente contra los derechos humanos de las personas;

 

  • Se abstendrá de difundir contenidos y comentarios discriminatorios, donde se denote distinción, exclusión o restricción en razón de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad o diferencia física y otras que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, o que incite a la realización de actos discriminatorios o hagan apología de la discriminación;

 

  • Respetará la intimidad personal y familiar;

 

  • Respetará los derechos humanos y promoverá su plena aplicabilidad.

 

 

 

 

  • RELACIONADOS CON LOS GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA:

 

  • No incitarán a que los niños, niñas y adolescentes imiten comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud;

 

 

  • Se abstendrá de usar y difundir imágenes o menciones identificativas que atenten contra la dignidad o los derechos de las personas con graves patologías o discapacidades;

 

  • Se abstendrá de emitir menciones identificativas de niños, niñas y adolescentes como autores, testigos o víctimas de actos ilícitos;

 

  • Promoverá el respeto de los adultos mayores en todas sus facetas, por lo tanto, no se  emitirá contenidos que atenten contra su dignidad o proyecten una visión negativa del envejecimiento.

 

  • CONCERNIENTES AL EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS PERIODISTAS DE LA ESTACIÓN DE RADIODIFUSIÓN DENOMINADA PLANETA CARCHI  FRECUENCIA 97.7 MHZ.

 

  • Los periodistas la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 MHz, respetarán la Constitución  y la ley y los presupuestos de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de información de relevancia pública o interés general;

 

  • Se abstendrán de omitir y tergiversar intencionalmente elementos de la información u opiniones difundidas; así como obtener información o imágenes con métodos ilícitos;

 

  • Evitarán un tratamiento morboso a la información sobre crímenes, accidentes, catástrofes u otros eventos similares;

 

  • Defenderán y ejercerán el derecho a la cláusula de conciencia;

 

  • Impedirán la censura en cualquiera de sus formas, independientemente de quien pretenda realizarla, a fin de obtener de forma ilegítima un beneficio propio, favorecer a una tercera persona y/o perjudicar a un tercero;

 

  • No aceptarán presiones externas en el cumplimiento de la labor periodística;

 

 

 

 

  • Ejercerán  y respetarán los derechos a la reserva de fuente y el secreto profesional;

 

  • Se abstendrán de usar la condición de periodista o comunicador social para obtener beneficios personales;

 

  • No utilizaran en provecho propio información privilegiada, obtenida en forma confidencial en el ejercicio de su función informativa; y,

 

  • Respetarán los derechos de autor y las normas de citas.

 

  • RELACIONADO CON LA PRÁCTICA DEL MEDIO DE COMUNICACIÓN:

 

  • El personal de la estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 Mhz. promoverá y respetará la obediencia a la Constitución y el ordenamiento jurídico vigente; así como la libertad de expresión, de comentario y de crítica;

 

  • Rectificará, a la brevedad posible, las informaciones que se hayan demostrado como falsas o erróneas;

 

  • Respetará el derecho a la presunción de inocencia;

 

  • Se abstiene de difundir publirreportajes como si fuese material informativo;

 

  • Se mantendrá la coherencia y consistencia en cada uno de los elementos de la información: títulos, reportajes, avances, entre otros.

 

  • Identificará de forma inequívoca entre noticias y opiniones; así como entre material informativo, editorial y comercial o publicitario;

 

  • Evitará difundir, las conductas irresponsables con el medio ambiente, ya sea de manera positiva  o a valorativa.

 

  • Asumirá la responsabilidad de la información y opiniones que se difundan, cuando no se la atribuya a una fuente identificada; sin embargo, notificará por cualquier medio a las fuentes que tienen la obligación de asumir las consecuencias administrativas, civiles y penales, si los referidos contenidos lesionaren derechos constitucionales o a la seguridad pública.

 

  • Se abstendrá de realizar prácticas de linchamiento mediático, entendiendo por tales, la difusión de información concertada y reiterativa, de manera directa o por terceros, a través de los medios de comunicación destinada a desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.

 

 

 

Artículo 6.- PRINCIPIOS

 

  • PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN.- La estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 Mhz. dará las facilidades para la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los procesos de la comunicación.

 

  • PRINCIPIO DE INTERÉS SUPERIOR DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.- La estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 Mhz. promoverá de forma prioritaria el ejercicio de los derechos a la comunicación de las niñas, niños y adolescentes, atendiendo el principio de interés superior establecido en la Constitución y en la ley.

 

SANCIONES

 

Artículo 7.- SANCIONES:

 

De conformidad con la Ley Orgánica de Comunicación, el incumplimiento de las normas deontológicas adoptadas de dicha Ley podrán ser denunciadas por cualquier ciudadano u organización ante la Superintendencia de la Información y Comunicación.

 

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

Suscrito el presente Código Deontológico, deberá ser remitido a la Superintendencia de la Información y Comunicación y al Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación cuando la normativa pertinente así disponga.

 

De conformidad al artículo 16 de la Ley Orgánica de Comunicación se dispone la publicación de este instrumento en el portal Web WWW.CCNECUADOR.COM

 

 

 

 

 

 

Entréguese un ejemplar del presente instrumento a cada uno de los miembros que laboran en estación de radiodifusión denominada PLANETA CARCHI  frecuencia 97.7 Mhz., para lo cual se registrará la constancia de su entrega.

 

Dado en Tulcán, a los 7 días del mes de  enero de 2014

 

 

 

 

 

Juana Del Rosario López Sarmiento

CONCESIONARIA

PLANETA CARCHI  FRECUENCIA 97.7 MHZ

C.C. 0903555449

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